La justicia europea prohíbe llamar ‘leche’ a los derivados de la soja
Denominaciones como ‘manteca’, ‘queso’ o ‘yogur’, además de leche están reservadas a los productos de origen animal y tendrán que desaparecer por completo de supermercados y tiendas bio en toda la UE.
BUENOS AIRES (NAP). El Tribunal de Justicia de Luxemburgo (TJUE) dictaminó este miércoles que los productos puramente vegetales, como la soja o el tofu, no pueden comercializarse como ‘leche’, ‘nata’, ‘mantequilla’, ‘queso’ o ‘yogur’. Estos nombres están reservados, según las reglas de la UE, para productos de origen animal.
La sentencia responde a un litigio que enfrentaba a la empresa alemana TofuTown con una asociación también alemana de defensa de la competencia. TofuTown elabora y distribuye alimentos vegetarianos y veganos y los promociona con las denominaciones ‘mantequilla de tofu Soyatoo’, ‘queso vegetal’, ‘veggie-cheese’, ‘cream’ y otros nombres similares. La compañía fue denunciada por infringir la normativa de la UE sobre las denominaciones de la leche y los productos lácteos.
En su defensa, TofuTown alegaba que su publicidad no contraviene las reglas de la UE. A su entender, la forma en que el consumidor comprende estas denominaciones ha cambiado mucho en los últimos años. Además, sostiene que nunca usa estos nombres de manera aislada, sino que siempre los relaciona con términos que hacen alusión al origen vegetal de los productos en cuestión, como por ejemplo ‘mantequilla de tofu’ o ‘rice spray cream’.
Riesgo de confusión
En su fallo de este miércoles, el Tribunal de Justicia de la UE desestima todos los argumentos de TofuTown. La sentencia señala que, a efectos de la comercialización y la publicidad, la normativa comunitaria “reserva en principio exclusivamente la denominación ‘leche’ a la leche de origen animal”. Lo mismo ocurre con nombres como ‘nata’, ‘chantilly’, ‘mantequilla’, ‘queso’ y ‘yogur’, que sólo pueden utilizarse para productos lácteos, es decir, derivados de la leche.
“Las denominaciones enumeradas no pueden ser utilizadas legalmente para designar un producto puramente vegetal, salvo que ese producto aparezca en la lista de excepciones, cosa que no ocurre ni con la soja ni con el tofu”, resalta el fallo. La utilización de menciones que indiquen el origen vegetal del producto en cuestión, como hace TofuTown, “no tiene influencia alguna en esta prohibición” ya que no evitan con certeza el “riesgo de confusión por parte del consumidor”.
“Si no se previese esa limitación, estas denominaciones no permitirían identificar con certeza los productos que poseen las características particulares relacionadas con la composición natural de la leche animal, lo que menoscabaría la protección de los intereses de los consumidores, debido al riesgo de confusión creado”, alega el TJUE.
“Se vería también menoscabado el objetivo de mejora de las condiciones económicas de producción y de comercialización, así como la calidad de la leche y los productos lácteos”, concluye la sentencia publicada por las agencias de noticias internacionales. (Noticias AgroPecuarias)