Desde CRA piden revisar la reglamentación del BNA a la hora de renovar las carpetas crediticias
La entidad liderada por Dardo Chiesa se hizo eco de un reclamo de los productores porque el BNA, además de la documentación requeridad para renovar una carpeta crediticia pide más certificaciones .
BUENOS AIRES (NAP) Numerosos productores nucleados en diferentes sociedades rurales, a través de sus federaciones hicieron llegar a Confederaciones Rurales Argentinas (CRA) sus reclamos por el aumento de las exigencias impuestas por el Banco de la Nación Argentina (BNA), para renovar sus carpetas de crédito, porque a la documentación requerida, también se exige la presentación de certificaciones contables hechas por un contador público.
“Hemos recibido innumerables reclamos de productores sobre la documentación exigida por las sucursales del BNA para la renovación de las carpetas de crédito. Estamos buscando una reglamentación vigente que permita eximirnos de la obligación de presentar las certificaciones contables con firmas certificadas para renovar nuestras “carpetas crediticias”, por eso se realizó un trabajo conjunto de las Comisiones de Bancos y de Impuestos y Legislación de CRA”, expresó la entidad gremial.
La entidad aseguró que cumplimentar con ese requerimiento, según los contadores, es un trabajo extra por lo que cobran honorarios para confeccionar las certificaciones y manifestaciones, además a ese costo se debe sumar el monto por la certificación de la firma en el Consejo Profesional de Cs. Económicas, correspondiente a la jurisdicción del productor.
En la actualidad, la totalidad de las operaciones comerciales se realizan a través de la web de AFIP, modalidad que en nuestra actividad se encuentra vigente hace ya varios años.
Por otra parte, la mayoría de los contribuyentes, están encuadrados en la RG.3685 y tienen la obligación de registrar cada comprobante de compra y de venta en un aplicativo que genera un archivo que permite al organismo fiscalizador, realizar, con facilidad, un control por oposición.
Los directivos de la entidad, junto a su equipo económico se reunieron con las autoridades de la entidad financiera nacional para buscar puntos de coincidencia para resolver los reclamos.
Las entidades bancarias dan cuenta de cualquier movimiento financiero que no resulte “habitual” y AFIP solicita, a los contribuyentes, explicaciones sobre los mismos. Los pagos de las compras con IVA deben realizarse a través de un medio bancario, de no ser así, AFIP podría considerar apócrifa la utilización del crédito fiscal contenido en las mismas.
La Comunicación N°B11587 del Banco Central de la República Argentina, respaldada por una publicación de prensa de la misma entidad de fecha 06/09/2017, el Banco Central afirma que se podrán presentar, si el cliente así lo desea, las DDJJ de los impuestos nacionales, a los efectos de establecer su nivel de riesgo crediticio o confeccionar su perfil de cliente”; por lo tanto, el argumento de que esa exigencia corresponde a una “Orden del Central” como argumentan los gerentes zonales de varias provincias a los que hemos consultado, es por lo menos, erróneo.
No obstante, podría ser una decisión “comercial” que tomara la dirección del BNA, para despejar esta posibilidad, hemos realizamos varias reuniones con diferentes responsables jerárquicos de la entidad, entre los que podemos mencionar al Ingeniero Néstor Roulet y al Economista Javier González Fraga; en las mismas señalamos cada uno de nuestros argumentos.
Los funcionarios además de aceptar como válida cada afirmación, concluyeron que no existiendo normativa del Banco Central que respalde esta exigencia, todas las sucursales del BNA deberán acogerse a la Reglamentación interna N° 11; que establece que, si el cliente, siendo persona física, lo considera oportuno, puede presentar una nota donde autorice al Banco a utilizar sus DDJJ de impuestos Nacionales como respaldo suficiente para demostrar su Situación Patrimonial además de sus ingresos y gastos, a fin de respaldar su capacidad crediticia.
Cuando se trate de clientes constituidos como personas jurídicas, se deberán presentar copia del balance certificado con el respaldo del archivo presentado a AFIP, más el acuse de recibo de dicha presentación y la DDJJ de Ganancias y Bs.Personales Participación Societaria.
Recomendamos que cada productor que reciba una respuesta contraria a lo antedicho, solicite al gerente de su sucursal, tenga a bien informarse sobre la legislación que se encuentra vigente en la entidad a la que pertenece (Noticias AgroPecuarias).