Un juez federal de Junín declaró inconstitucional el cobro de las retenciones

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Le dio la razón a productores que plantearon que el Gobierno ya no tiene la potestad de cambiar las alícuotas.

JUNÍN, Buenos Aires (NAP). El Juzgado Federal de Junín, a cargo de Héctor Pedro Plou resolvió declarar la inconstitucionalidad de las disposiciones del Decreto 851/2021 a partir del 1 de enero de 2022, normativa que se aplica a las alícuotas de derechos de exportación (retenciones) al sector agropecuario.

La información la dio el abogado y ex presidente de la Sociedad Rural de Junín, Alejandro Barbieri, quien impulsó el amparo judicial junto a su colega Luis Panetta.

Los fundamentos de este fallo de primera instancia son que como el Congreso no sancionó la ley de Presupuesto 2022, no se prorrogó tampoco la vigencia de la Ley de Emergencia Económica que le daba la facultad al Poder Ejecutivo de fijar las alícuotas.

El texto de Plou señala que el argumento del Poder Ejecutivo frente a esta circunstancia “–omitiendo explicar por qué solicitó una extensión temporal de la delegación- se limitó a decir que el decreto cuestionado fue dictado mientras estaba vigente la delegación, esto es, antes del 31 de diciembre de 2021. Esto es cierto, pero omite la cuestión central: pretende regir después de vencida esa facultad”.

En declaraciones a lanacion.com, Barbieri explicó que, a su criterio, lo “más importante” del fallo es que reconoce a los productores como “damnificados directamente perjudicados” por las retenciones.

En tanto el agobado y productor adelantó que apelarán la decisión del juez de no reconocer  la representatividad de la Sociedad Rural de Junín. El fallo admite “parcialmente” la excepción de falta de legitimación activa y, en consecuencia, no hace lugar a acción de amparo promovida por Jorge Andrés Moutuos y Gerardo René Aperlo, en representación de la Sociedad Rural de Junín.

Instancia

“Los que se benefician de esta sentencia de primera instancia son los mismos productores agropecuarios ya que fueron reconocidos como legitimados para realizar el reclamo -agregó-. Salimos de la protesta y vamos por otras alternativas más allá de que hoy las retenciones son el ‘mal menor’ frente a lo que considero el ‘robo del siglo’ que es la brecha cambiaria”.

La decisión judicial no es comparable a la de abril del juez federal Ricardo Bustos Fierro, de Córdoba, que avanzó en reconocer la acción colectiva presentada por la Sociedad Rural Argentina en contra de las retenciones, pero no se expidió sobre esa cuestión. La causa está todavía en trámite por una serie de presentaciones posteriores.

Barbieri es patrocinante de otros dos amparos de asociaciones de Arrecifes y Baradero; uno de los cuales fue remitido por el juez federal de San Nicolás a Bustos Fierro.

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