Aportan $ 7.450 millones para asistir a productores afectados por influenza aviar
Fue publicado en el Boletín Oficial a través de una resolución de la Sagyp. Cuáles son los requisitos.
(NAP) La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de Argentina dispuso una partida de 7.450 millones de pesos para asistir a los productores avícolas de todo el país afectados por la emergencia sanitaria por influenza aviar altamente patógena (IAAP), una enfermedad de la cual Argentina se autodeclaró este martescomo país libre ante la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA).
Fue a través de la creación del Programa de Asistencia Económica por la Emergencia Sanitaria-Influenza Aviar H5 y H7, oficializado mediante la Resolución 683/2023 publicada el pasado 17 de mayo en el Boletín Oficial, cuyos fondos provienen del Fondo de Incremento Exportador, conformado por una parte de las liquidaciones de divisas de las agroexportaciones.
El objetivo de este programa, cuya vigencia es de 180 días desde su publicación, en este caso hasta el 16 de noviembre próximo, consiste en asistir a los productores avícolas en la mitigación del impacto económico ocasionado por el sacrificio sanitario de aves de corral y destrucción de huevos fértiles y frescos, con motivo de la detección o sospecha de contagio de IAAP mediante la asignación de un beneficio económico.
En este marco, Agricultura aprobó el pasado 30 de junio la primera nómina de beneficiarios y la autorización de pagos en el marco del Programa, compuesta por seis empresas y dos personas humanas cuyas solicitudes se registraron entre el 31 de mayo y 7 de junio, que recibieron, en conjunto, un monto de $ 2.204.320.600 (Resolución 270/2023).
El programa se dirige a todos aquellos productores avícolas que estén inscriptos en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (Renspa) del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa).
Precisamente, los montos son definidos en base a las actas de sacrificio o destrucción del Senasa, y toman en cuenta las categorías de aves sacrificadas y tipos de huevos destruidos, multiplicando la cantidad de aves y huevos por los valores unitarios de compensación establecidos para cada categoría.
Los productores deberán figurar en alguna de las categorías asociadas a aves de producción de carne o huevo, recría, reproducción de padres pesados o livianos; abuelos pesados, planta de incubación y agricultura familiar.
Además, el programa establece como requisito que los productores “no hayan obstaculizado o impedido” la labor de los agentes del Senasa en el procedimiento de intervención de emergencia sanitaria.
Además, deberán haber notificado “de manera inmediata” la aparición de síntomas de gripe aviar, y que los animales presentes en el establecimiento en el operativo del Senasa tengan la documentación sanitaria correspondiente.
Los interesados en obtener el beneficio, a partir del sexto día hábil siguiente de la fecha de expedición del acta de sacrificio correspondiente y hasta un plazo máximo de 30 días posteriores, deberán ingresar a través del servicio “Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca. Autogestión SAGyP” del sitio web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
También tendrán que solicitar expresamente el beneficio en el marco del programa, autorizar al Senasa a suministrar a la autoridad de aplicación la información correspondiente, constituir domicilio en una casilla de correo electrónico que será válida a todos los efectos legales, notificaciones y requerimientos de información, indicar una Clave Bancaria Uniforme (CBU) de una cuenta bancaria en moneda pesos a su nombre, e ingresar los demás datos necesarios para efectivizar el beneficio.
Vencido el término de los plazos establecidos, el productor no podrá solicitar la asignación del beneficio en relación al acta respectiva, consigna la norma.