Argentina actualiza normas sanitarias para frutas y maní según lineamientos del Mercosur
Argentina incorporó nuevas exigencias sanitarias para banana, frutilla, palta y maní, en sintonía con resoluciones recientes del Mercosur.
(NAP) El Ministerio de Economía de Argentina oficializó la incorporación al ordenamiento jurídico nacional de nuevas normas fitosanitarias para productos vegetales como banana, frutilla, palta y maní.
Las disposiciones fueron establecidas mediante la resolución 399/2025, publicada el 4 de abril, en respuesta a cambios aprobados por el Grupo Mercado Común (GMC) del Mercosur en junio de 2023.
La medida apunta a mantener actualizada la normativa nacional en función de los compromisos asumidos en el proceso de integración regional, considerado de “importancia estratégica” para el país. En ese marco, se adoptan cuatro resoluciones del GMC que actualizan los requisitos fitosanitarios y se derogan normativas anteriores.
Las resoluciones incorporadas al derecho interno son:
-Resolución GMC 7/2023: establece nuevos requisitos fitosanitarios para Musa spp. (banana), según país de origen y destino. Deroga la resolución GMC 23/2016.
-Resolución GMC 8/2023: actualiza exigencias para Fragaria x ananassa (frutilla), también en función del país de procedencia. Deroga la resolución GMC 07/2010.
-Resolución GMC 9/2023: modifica los parámetros para Arachis hypogaea (maní). Deroga la resolución GMC 57/2006.
-Resolución GMC 10/2023: incorpora nuevas condiciones para Persea americana (palta o aguacate). Deroga la resolución GMC 21/2018.
Estas actualizaciones sustituyen actos administrativos dictados entre 2008 y 2019 por organismos como el ex Ministerio de Agroindustria, el ex Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, y la ex Secretaría de Gobierno de Agroindustria.
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, bajo la órbita de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, participó en el proceso, junto con el servicio jurídico del Ministerio de Economía.
Según lo establece el artículo 9 de la resolución, las nuevas disposiciones entrarán en vigencia conforme al artículo 40 del Protocolo de Ouro Preto, aprobado en Argentina mediante la ley 24.560.
Con esta medida, Argentina avanza en la armonización normativa dentro del bloque regional, promoviendo un comercio intrarregional más fluido y fortaleciendo los estándares sanitarios para productos agrícolas estratégicos. (Noticias AgroPecuarias)