Diputados emitió dictamen al proyecto que modifica el monotributo
Se dio luz verde a la iniciativa del Poder Ejecutivo que busca aliviar la situación fiscal de aquellos que deben pasarse al sistema de autónomos.
BUENOS AIRES (NAP). La Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados de Argentina emitió dictamen este jueves al proyecto de ley que establece un Régimen de Sostenimiento e Inclusión Fiscal para Pequeños Contribuyentes, conocido como monotributo.
La reunión encabezada por el diputado oficialista, Carlos Heller, fue previa al plenario de comisiones en el que se tratará dar dictamen al proyecto que modifica el impuesto a las ganancias.
A través del proyecto, el Gobierno busca tener por cumplidos hasta el 31 de diciembre de 2020 los requisitos de permanencia en el monotributo para los pequeños contribuyentes que a esa fecha continúen inscriptos en el mismo, cuyos ingresos hubieran excedido en hasta 25% el límite superior de la categoría que corresponda según la actividad.
El dictamen fue aprobado con 47 votos afirmativos, mientras que 20 diputados de Juntos por el Cambio acompañaron con disidencia parcial, al rechazar -entre otros puntos- el esquema de retroactividad. Además, el diputado de la UCR, Luis Pastori, solicitó -en nombre del interbloque- que las nuevas escalas a partir del 1° de enero no se actualicen en base al RIPTE, si no por el IPC.
Según el proyecto, enviado al congreso por el Poder Ejecutivo, los contribuyentes deberán cumplir con los siguientes requisitos para poder considerarse inscriptos en el monotributo:
-En concepto de Aportes al SIPA y Aportes al Régimen Nacional de Obras Sociales: la diferencia entre la categoría en la que se encontraba inscripto y la máxima categoría según la actividad desarrollada (Servicios o venta de cosas muebles). Este requisito será de aplicación desde el mes en el que se hubiese excedido, por primera vez, el límite superior de ingresos brutos correspondiente a la máxima categoría de la actividad y hasta el mes de diciembre de 2020, ambos inclusive, debiendo permanecer categorizado en aquella durante todo ese plazo.
-En concepto de Impuesto Integrado: un monto adicional del 10% sobre la diferencia entre el importe excedido y la categoría máxima correspondiente. En caso que los contribuyentes se hubieran excedido en más de un 25% del límite superior de la categoría que corresponda, no quedarán incluido dentro de las previsiones comentadas.
-Asimismo, se establece un Procedimiento Transitorio de Acceso al Régimen General con diferentes beneficios, como el cómputo del crédito fiscal por compra de bienes, locaciones o prestaciones de servicios y un crédito fiscal adicional en el impuesto al valor agregado. En el impuesto a las ganancias se permitirá computar determinados gastos deducibles.
-También, el proyecto prevé la implementación de beneficios a pequeños contribuyentes cumplidores que, no obstante encontrarse suspendidos, se incorporen voluntariamente al Régimen General.
(Noticias AgroPecuarias)